



Díaz explicó que el proyecto de ley que modifica el Código Civil establece como primer objetivo proteger la integridad de los menores cuando sus padres vivan separados y por ello comienza disponiendo que “es deber de ambos padres, cuidar y proteger a sus hijos, velar por la integridad física y psíquica de ellos”, estableciendo además que los padres “deberán actuar en forma conjunta” en todo lo relativo al “cuidado, educación y crianza de los hijos y deberán evitar actos u omisiones que degraden, lesionen o desvirtúen en forma injustificada o arbitraria la imagen que el hijo tiene de ambos padres o de su entorno familiar.”
Eduardo Díaz del Río agregó que, junto con innovar al establecer la patria potestad conjunta sobre los hijos menores de edad, y dentro del propósito de reconocer los cambios en la sociedad el proyecto anunciado al mediodía en el Congreso crea una figura delictiva a partir del Síndrome de Alienación o Alejamiento Parental (SAP), que consiste en que uno de los padres adopta conductas tendientes a alejar psicológicamente a los menores del otro progenitor, manipulando a los hijos para dañar su relación.
Paralelamente, el diputado regionalista señaló que se introduce la posibilidad de que los tribunales de familia entreguen el cuidado personal de los niños a uno de los padres cuando el otro lo denigre; cuando se obstaculice la relación del padre con sus hijos, se incumplan las resoluciones del tribunal o se hagan falsas denuncias sobre la conducta del padre en relación con el trato que da a los hijos.
Por último, Eduardo Díaz del Río informó que el proyecto dispone que por las mismas causales el juez podrá suspender el derecho a visitas del padre o madre y que cuando el interés del hijo lo haga indispensable “sea por maltrato, descuido u otra causa calificada (…) el juez podrá entregar su cuidado personal a uno de los padres en el caso del cuidado compartido o al otro de los padres en los demás casos”.
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